6 errores comunes durante el proceso de pensión en el IMSS

6 errores comunes durante el proceso de pensión en el IMSS

Antes de iniciar tu proceso de pensión ante el IMSS, es esencial que elabores un plan para evitar cometer errores y así lograr obtener el máximo monto posible.

El proceso para solicitar una pensión bajo la Ley 73 del Seguro Social es crucial para poder obtener un monto que brinde seguridad financiera durante el retiro. Sin embargo, algunos futuros pensionados cometen errores que pueden afectar negativamente sus beneficios. 

Errores comunes al tramitar tu pensión y cómo evitarlos

  1. No tener los documentos completos
  2. Errores en la homologación de información
  3. Exceder el periodo de conservación de derechos
  4. No considerar el registro de beneficiarios
  5. Falta de una estrategia
  6. Pagar por asesorías de Modalidad 40

1. No tener los documentos completos

Verifica si cuentas con los siguientes documentos antes de dirigirte a la Unidad de Medicina Familiar (UMF) correspondiente para iniciar el trámite de pensión: 

  • Acta de nacimiento
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Identificación oficial
  • Estado de cuenta bancario con Clabe interbancaria
  • Comprobante de domicilio
  • Estado de cuenta de la Afore

2. Errores en la homologación de información

Un aspecto crítico es la precisión y concordancia de la información solicitada por el IMSS. Esto se debe a posibles errores que podrían haber pasado desapercibidos, especialmente cuando la información como el NSS, RFC, CURP o cuenta de la Afore no coincide con los registros que el IMSS tiene almacenados en su base de datos.

Por ejemplo, el dígito verificador del CURP para evitar duplicidad puede ser erróneo, o la utilización de letras en el NSS o RFC, como la "O", pueden ser confundidas con el número "CERO".

Incluso, pueden presentarse errores de escritura en algún nombre o en la entidad federativa de nacimiento, por mencionar algunos.

¿Cómo corregir un error en el Seguro Social?

Para regularizar o corregir datos personales en la base del Instituto Mexicano del Seguro Social, como nombre, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, CURP o NSS, es necesario presentar una solicitud en línea, a través del portal “Corrección de datos del asegurado

  • Dentro del portal, ingresa tu CURP y un correo electrónico.
  • Una vez adentro, podrás verificar cómo se muestra tu información personal en el Registro Nacional de Población (RENAPO).
  • Por último, procede a capturar los datos que necesitas corregir y envía la solicitud de corrección

Para realizar el trámite, debes tener a la mano la siguiente información:

  • Nombre
  • Lugar y fecha de nacimiento
  • CURP
  • Correo electrónico
  • Número de teléfono fijo y móvil 

Además, es necesario tener digitalizado los siguientes documentos:

  • Acta de nacimiento
  • Identificación oficial
  • Documento expedido por el IMSS que contenga el NSS

Corrección de CURP

Si solo quieres actualizar la información de tu CURP ante el Instituto, puedes acceder al portal de “Actualización de CURP para asegurados

3. Exceder el periodo de conservación de derechos

La ley del Seguro Social establece que un asegurado puede dejar de cotizar ante el IMSS por un período de hasta una cuarta parte del tiempo total que cotizó, para así poder conservar el derecho a recibir una pensión.

En otras palabras, si una persona tiene acumuladas 1,000 semanas cotizadas, puede dejar de cotizar ante el IMSS por un período de hasta 250 semanas y conserva su derecho a pensionarse.

Por lo tanto, si has dejado de cotizar ante el IMSS durante un tiempo, revisa en tu constancia de semanas cotizadas el número de semanas acumuladas y divídelas entre 4; el resultado indica el tiempo máximo que puedes estar sin cotizar.

4. No considerar el registro de beneficiarios

Los futuros pensionados tienen la opción de registrar beneficiarios para recibir ayudas económicas adicionales sobre el monto de la pensión. Omitir este paso impide la obtención de ingresos adicionales.

Esta es la lista de beneficiarios que puedes registrar ante el IMSS, junto con el porcentaje adicional que puedes recibir:

  • Esposa o concubina: 15%
  • Hijos menores de 16 años de edad: 10% por cada uno
  • Hijos de entre 16 y 25 años que están estudiando: 10% por cada uno
  • Hijos con inhabilitación para trabajar: 10% por cada uno
  • Padres del pensionado: 10% por cada uno, en caso de que el pensionado no tenga esposa, concubina ni hijos menores de 16 años

5. Falta de una estrategia

La falta de una estrategia o plan de pensiones impide que puedas aprovechar todos los beneficios que la ley brinda.

Como la posibilidad de retirarte laboralmente a partir de los 60 años de edad, acceder a un monto de pensión mayor al inscribirte en la Modalidad 40 antes de pensionarte, o la oportunidad de registrar beneficiarios para obtener ayudas económicas extras sobre el monto de pensión. 

Por esta razón, considera los siguientes puntos al elaborar un plan:

  • Consulta el número de semanas cotizadas: Para pensionarte bajo la Ley 73, necesitas contar con un mínimo de 500 semanas, pero se recomienda tener más de 900 semanas para obtener un monto más alto.
  • Realiza un cálculo de pensión del IMSS personalizado, para conocer el monto que recibirás.
  • Muchos pensionados pasan por alto la oportunidad de maximizar su pensión al desconocer programas como la Modalidad 40.
  • Si decides darte de alta en la Modalidad 40, analiza cuál es la mejor opción para financiar el pago de tus aportaciones voluntarias ante el IMSS.

En el siguiente video te explicamos cómo la Modalidad 40 del IMSS te ayuda a mejorar al máximo posible tu pensión:

 

Te puede interesar leer sobre el financiamiento para la Modalidad 40: Todo lo que necesitas saber

6. Pagar por asesorías de Modalidad 40

Es común que, al iniciar tu proceso de pensión, te aborden diferentes tipos de asesores.

Uno de los grandes errores que puedes cometer es gastar mucho dinero en asesoría y gestión de trámites, comprometiendo incluso lo que tienes ahorrado en tu Afore.

Ten precaución y busca instituciones confiables, transparentes y con acuerdos ante el IMSS que no cobren por guiarte durante el proceso para mejorar tu pensión.

Si cuentas con más de 900 semanas cotizadas bajo la Ley 73 y tienes más de 59.9 años de edad, en Pensiona Plus te brindamos asesoría sin costo y financiamiento para el pago de la Modalidad 40, con el objetivo de que obtengas el máximo beneficio de tu pensión, sin comprometer tu estabilidad financiera.

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